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Normativas de verificación de identidad y prevención de lavado de activos

Política AML/KYC de Casino Sahara

1. Marco normativo y alcance

Casino Sahara opera como sujeto obligado ante la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú), en cumplimiento de la Resolución SBS N.º 03622-2025 emitida por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones. Esta política establece los procedimientos de verificación de identidad, diligencia debida al cliente y prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo aplicables a todos los usuarios registrados en la plataforma.

La política se fundamenta en el Sistema de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (SPLAFT), de aplicación obligatoria para operadores de juegos en línea autorizados por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR). El alcance incluye la verificación de jugadores, directores, gerentes, beneficiarios finales, empleados y proveedores vinculados a operaciones económicas relacionadas con la plataforma.

Se emplea un enfoque basado en riesgos, con clasificación de usuarios según criterios de diligencia debida estándar o mejorada. Los registros y la documentación vinculados al cumplimiento de esta política se conservan durante un plazo mínimo de cinco años, conforme a los plazos establecidos por la normativa vigente.

2. Verificación de identidad (KYC)

Todo usuario debe completar el proceso de verificación de identidad antes de acceder a los servicios de juego. Los requisitos obligatorios incluyen:

  • Documento de identidad vigente (DNI, pasaporte o carné de extranjería)
  • Verificación de edad mínima legal
  • Comprobante de domicilio actualizado
  • Declaración de origen de fondos

La verificación se realiza en el momento del registro. No se permite el acceso a funciones de depósito, apuesta o retiro hasta que el proceso de verificación se complete de manera satisfactoria.

La plataforma se reserva el derecho de solicitar documentación adicional en cualquier momento, en particular en aquellos casos en que resulte aplicable la diligencia debida mejorada para usuarios clasificados como de alto riesgo.

3. Diligencia debida al cliente (CDD)

Se aplican medidas de diligencia debida diferenciadas según el perfil de riesgo del usuario. La diligencia debida estándar comprende la verificación de la identidad y del origen de los fondos.

La diligencia debida mejorada se aplica, entre otros supuestos, cuando:

  • El usuario realiza transacciones superiores a USD 2 500 o su equivalente en moneda local
  • Se detectan patrones de actividad inusuales o inconsistentes
  • El usuario proviene de jurisdicciones de alto riesgo
  • Se identifican vínculos con personas políticamente expuestas (PEP)

En estos casos, se solicita documentación adicional relativa a la fuente de ingresos, actividad económica y propósito de las transacciones, y se puede exigir información complementaria hasta contar con un nivel de conocimiento del cliente acorde con el riesgo identificado.

4. Monitoreo de transacciones

La plataforma transmite datos económicos en tiempo real a las bases de datos regulatorias correspondientes, incluyendo información sobre:

  • Montos de apuestas y ganancias
  • Depósitos y retiros
  • Frecuencia y volumen de operaciones
  • Métodos de pago utilizados

Todas las transacciones superiores a USD 2 500 se registran específicamente y son objeto de análisis de riesgo. El sistema automatizado de monitoreo está orientado a detectar operaciones inusuales o sospechosas con base en criterios de monto, frecuencia, origen geográfico y comportamiento del usuario, sin perjuicio de las revisiones manuales que resulten necesarias.

5. Reporte de operaciones sospechosas (ROS)

En caso de identificarse actividades que puedan estar vinculadas al lavado de activos o al financiamiento del terrorismo, se presentan Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS) ante la UIF-Perú, de conformidad con la normativa aplicable. Este proceso es confidencial y no se notifica al usuario involucrado.

Sin carácter limitativo, los criterios de sospecha incluyen:

  • Transacciones sin justificación económica o legal aparente
  • Uso de múltiples cuentas o identidades
  • Depósitos seguidos de retiros inmediatos sin actividad de juego significativa
  • Negativa injustificada a proporcionar documentación requerida
  • Patrones de actividad incompatibles con el perfil declarado del usuario

La presentación de ROS no requiere prueba concluyente, bastando la existencia de indicios razonables o fundamentos suficientes de sospecha.

6. Oficial de cumplimiento

Casino Sahara cuenta con un oficial de cumplimiento registrado ante la UIF-Perú, responsable de:

  • Supervisar la implementación y aplicación de esta política
  • Coordinar los reportes regulatorios y la atención de requerimientos de autoridades competentes
  • Garantizar la actualización periódica de los procedimientos internos vinculados al SPLAFT

El oficial de cumplimiento tiene acceso directo a la alta dirección y autoridad para recomendar o disponer la suspensión de operaciones cuando existan indicios de incumplimiento normativo o de esta política.

7. Restricciones de métodos de pago

No se permiten depósitos directos en criptomonedas. Los usuarios que deseen utilizar activos digitales deben hacerlo exclusivamente a través de pasarelas de pago autorizadas que conviertan criptomonedas a moneda de curso legal (fiat) antes de acreditar fondos en la cuenta de juego.

Todos los métodos de pago aceptados están sujetos a verificación de titularidad. No se procesan retiros hacia cuentas de terceros. El titular de la cuenta de juego debe coincidir con el titular del método de pago utilizado tanto para depósitos como para retiros, salvo disposición expresa de la normativa aplicable que establezca un tratamiento distinto.

8. Conservación de registros

Se mantienen registros completos y actualizados de:

  • Documentación utilizada para la verificación de identidad
  • Historial de transacciones
  • Comunicaciones con usuarios relacionadas con procesos de verificación
  • Reportes internos de análisis y evaluación de riesgo
  • Reportes presentados ante las autoridades competentes

Estos registros se conservan durante un plazo mínimo de cinco años desde la última transacción o desde el cierre de la cuenta, lo que ocurra más tarde, salvo que la normativa disponga un plazo mayor. Las autoridades regulatorias pueden acceder a los servidores y bases de datos para fines de auditoría, supervisión y verificación del cumplimiento de la normativa de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.

9. Sanciones por incumplimiento

El incumplimiento de esta política por parte de los usuarios puede dar lugar a:

  • Suspensión temporal o permanente de la cuenta
  • Retención de fondos hasta completar satisfactoriamente los procesos de verificación
  • Reporte a autoridades competentes
  • Adopción de acciones legales que correspondan según la legislación aplicable

Los usuarios que proporcionen información falsa, incompleta o engañosa, o que se nieguen a completar los procedimientos de verificación requeridos, no podrán acceder a los servicios de juego ni retirar fondos depositados hasta que su situación sea regularizada conforme a esta política y a la normativa vigente.

10. Modificaciones

Esta política puede ser modificada para reflejar cambios normativos, requerimientos de autoridades competentes o ajustes en los procedimientos internos de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Las actualizaciones se publican en esta página y entran en vigor desde el momento de su publicación, salvo que se indique una fecha distinta.

El uso continuado de la plataforma tras la publicación de una versión actualizada implica la aceptación de la política vigente en ese momento.

Para consultas relacionadas con la verificación de identidad, diligencia debida o procedimientos AML/KYC, los usuarios deben contactar al departamento de cumplimiento a través de los canales oficiales de atención al cliente indicados en la plataforma.